Centroamérica declara su independencia, 1 de julio de 1823

La declaración de Independencia de Guatemala se realizó de una manera intempestiva el 15 de septiembre de 1821. La Junta Provisional pensó que un Congreso a ser instalado antes del 1 de marzo de 1822 ratificaría esta declaración y decidiera la forma y destino de la nueva organización política del territorio. Sin embargo, el 5 de enero de 1822, esta misma Junta declaró precipitadamente que Guatemala se unía al Imperio Mexicano. Si dicho Imperio no hubiese colapsado en marzo de 1823, acaso Centro América formaría parte del sur mexicano. Pero al colapsar, Centro América quedó en libertad de continuar o cancelar esa anexión. Casi de inmediato, canceló y durante la próxima década se lanzó a la aventura incierta de consolidarse.

El 1 de julio de 1823, las provincias de Centro América se declararon “libres e independientes de la antigua España, de México y de cualquier otra potencia” y que intentarían formar una república federal que se llamaría Provincias Unidas de Centro América. El anhelo de establecer una monarquía católica en México había fracasado. Aún se estaba gestando la idea de intentar una federación más amplia que tuviera su centro en Panamá, pero no había nada firme. 

Escudo de las Provincias Unidas del Centro de América

Así que Guatemala (es decir, Centro de América como Reino) pasó de formar parte de un imperio transcontinental, a un imperio americano, a quedarnos reducidos a intentar conservar la unidad territorial a través de una nueva alianza política. ¿Buscaríamos una monarquía católica propia, una república federal con varios estados o que cada Estado persiguiera sus propios intereses? ¿Qué procedía? ¿Qué factor interno o externo nos brindaría la unidad en la diversidad

Las diferencias geográficas, sociales y culturales entre, digamos, Costa Rica y Guatemala o El Salvador o Nicaragua, no son tan diferentes a las que existen entre, digamos, entre Chihuahua y Tabasco o Jalisco y Campeche. Sin embargo, México, en un espacio geográfico mucho mayor, logró mantener unido su territorio por medio de una federación y Centro América fracasó. Las diferencias entre los Estados, entre las clases sociales, o incluso las disputas personales en México eran muy similares a las de Centro América.  

Pero Centroamérica no era precisamente libre de perseguir su propia suerte. No hay que olvidar que otros poderes europeos mantenían interés en su devenir. Con esa preocupación en mente, en diciembre de 1823, el presidente James Monroe emitió un discurso que advertía a los otros poderes europeos que no intervinieran en los asuntos propios del continente americano. Monroe quería evitar que estos poderes se expandieran en América. A esta declaración, sintetizada en la frase “América para los americanos”, se le conoce como la doctrina Monroe. 

Durante la década siguiente, cada provincia de lo que fuera el Reino de Guatemala empezó una transición hacia convertirse en un Estado y los Estados buscaron asociarse entre ellos para conformar una nueva república federal. La proximidad de El Salvador, Guatemala y Honduras acaso sirve para explicar su protagonismo en este intento, del cual Nicaragua y Costa Rica parecieran haber guardado distancia.    

¿Por qué la tendencia en Centro América fue hacia la fragmentación y no hacia la permanencia de la unidad? ¿Qué nos pasó? ¿Por qué dejamos que los factores que nos diferenciaban fueran más importantes que los factores que nos unían? ¿En algún momento fue Centroamérica para los Centroamericanos?

A continuación la que se considera el acta de declaración de independencia de Centroamérica de 1823:

Declaración de Independencia Absoluta de Centroamérica de 1823

(Versión contemporánea)

“Los representantes de las Provincias Unidas del Centro de América, congregadas en virtud de la convocatoria, dada en esta ciudad de Guatemala, el 15 de septiembre de 1821 y renovada en 29 de marzo de 1823, con el importante objeto de pronunciarse sobre la independencia y libertad de los pueblos, nuestros comitentes sobre su recíproca unión: sobre su gobierno; y sobre todos los demás puntos contenidos en la memorable acta del citado día 15 de septiembre, que adoptó entonces la mayoría de los pueblos de este vasto territorio, y al que se han adherido posteriormente todos los demás, que hoy se hallan representados en esta Asamblea General.

Después de examinar, con todo el detenimiento y madurez que exige la delicadeza y entidad de los objetos con que somos congregados, así la acta expresada de septiembre de 21 y la de 5 de enero de 1822, como también el decreto del Gobierno Provisorio de esta provincia, de 29 de marzo último, y todos los documentos concernientes al objeto mismo de nuestra reunión.

Después de traer a la vista todos los datos necesarios para conocer el estado de la población, riqueza, recursos, situación local, extensión y demás circunstancias de los pueblos que ocupan el territorio antes llamado Reino de Guatemala.

Habiendo discutido la materia: oído el informe de las diversas comisiones que han trabajado para acumular y presentar á esta Asamblea todas las luces posibles acerca de los puntos indicados: teniendo presente cuando puede requerirse para el establecimiento de un nuevo Estado; y tomando en consideración:

PRIMERO:

Que la independencia del Gobierno Español ha sido y es necesaria en las circunstancias de aquella Nación y las de toda la América: que era y es justa en sí misma y esencialmente conforme a los derechos sagrados de la naturaleza: que la demandaba imperiosamente las luces del siglo, las necesidades del Nuevo Mundo y todos los más caros intereses de los pueblos que lo habitan.

Que la naturaleza misma resiste la dependencia de esta parte del globo, separada por un océano inmenso de la que fue su metrópoli, y con la cual le es imposible mantener la inmediata y frecuente comunicación, indispensable entre pueblos que forman un solo Estado.

Que la experiencia de más de trescientos años manifestó a la América que su felicidad era del todo incompatible con la nulidad a que la reducía la triste condición de colonia de una pequeña parte de Europa.

Que la arbitrariedad, con que fue gobernada por la Nación Española, y la conducta que ésta observó constantemente, desde la conquista, excitó en los pueblos él más ardiente deseo de recobrar sus derechos usurpados.

Que, a impulsos de tan justos sentimientos, todas las provincias de América sacudieron el yugo que las oprimió por espacio de tres siglos: que las que pueblan el antiguo Reino de Guatemala proclamaron gloriosamente su independencia en los últimos meses del año 1821; y que la resolución de conservarla y sostenerla es el voto general y uniforme de todos sus habitantes.

SEGUNDO:

Considerando por otra parte: que la incorporación de estas Provincias al extinguido Imperio Mexicano, verificada solo de hecho en fines de 1821 y principios de 1822, fue una expresión violenta, arrancada por medios viciosos e ilegales.

Que no fue acordada ni pronunciada por órganos ni por medios legítimos; que por estos principios la representación nacional del Estado Mexicano jamás la aceptó expresamente, ni pudo con derecho aceptarla; y que las providencias que acerca de esta unión dictó y expidió Agustín de Iturbide, fueron nulas.

Que la expresada agregación ha sido y es contra de los intereses y de los derechos sagrados de los pueblos, nuestros comitentes: que es opuesta a su voluntad; y que un concurso de circunstancias tan poderosas e irresistibles exigen que las provincias del antiguo Reino de Guatemala se constituyan por sí mismas y con separación del Estado Mexicano.

Nosotros, por tanto, los Representantes de dichas Provincias, en su nombre, con su autoridad y conformes en todo con sus votos, declaramos solemnemente:

1. Que las expresadas provincias, representadas en esta Asamblea, son libres e independientes de la antigua España, de México y de cualquiera otra potencia así del antiguo como del Nuevo Mundo; y que no son ni deben ser el patrimonio de persona ni familia alguna.

2. Que, en consecuencia, son y forman Nación Soberana, con derecho y actitud de ejercer y celebrar cuantos actos, contratos y funciones ejercen y celebran los otros pueblos libres de la tierra.

3. Que las Provincias sobre dichas, representadas en esta Asamblea (y las demás espontáneamente se agreguen de las que componían el antiguo Reino de Guatemala), se llamarán, por ahora, y sin perjuicio de lo que se resuelva en la Constitución que ha de formarse, 

Provincias Unidas del Centro de América”.

Y mandamos que esta declaratoria y la acta de nuestra instalación se publiquen con la debida solemnidad en este pueblo de Guatemala, y en todos y cada uno de los que se hallan representados en esta Asamblea: que se impriman y circulen: que se comuniquen á las Provincias de León, Granada, Costa Rica y Chiapas y que en la forma y modo, que se acordará oportunamente, se comuniquen también á los Gobiernos de España, de México y todos los demás Estados independientes de ambas Américas.

Dado en Guatemala, el 1 de julio de 1823. 

José Matías Delgado, diputado por San Salvador, Presidente.

Fernando Antonio Dávila, diputado por Sacatepéquez, Vice-Presidente.

Juan Francisco de Sosa, diputado suplente por San Salvador, secretario. 

Mariano Galvez, diputado por Totonicapán. Secretario. 

Mariano Córdoba, diputado por Huehuetenango, secretario. 

Simon Vasconcelos, diputado suplente por San Vicente, secretario.

Pedro Molina, diputado por Guatemala. 

José Francisco Barrundia, diputado por Guatemala. 

José Antonio Azmitia, diputado suplente por Guatemala.

José Domingo Estrada, diputado por Chimaltenango.

Simeon Cañas, diputado por Chimaltenango. 

Luis Barrutia, diputado por Chimaltenango.

Felipe Márquez, diputado suplente por Chimaltenango.

Julian Castro, diputado por Sacatepéquez. 

José Antonio Alcayaga, diputado por Sacatepéquez.

J. Domingo Diéguez, diputado Suplente por Sacatepéquez.

Juan Miguel Beltranena, diputado por Cobán. 

José María Castilla, diputado por Cobán. 

Cirilo Flores, diputado por Quezaltenango. 

Francisco Flores, diputado por Quezaltenango

José Antonio Peña, diputado por Quezaltenango. 

Francisco Benavente, diputado suplente por Quezaltenango. 

Serapio Sánchez, diputado por Totonicapán. 

José María Herrarte, diputado suplente por Totonicapán.

Francisco Javier Valenzuela, diputado por Jalapa. 

José María Ponce, diputado por Escuintla.

José Antonio Larrave, diputado suplente por Esquipulas. 

Lázaro Herrarte, diputado por Suchitepéquez. 

José Beteta, diputado por Salamá.

José Antonio Jiménez, diputado por San Salvador. 

Pedro José Cuellar, diputado suplente por San Salvador. 

José Francisco Córdoba, diputado por Santa Ana. 

Marcelino Menéndez, diputado por Santa Ana. 

Miguel Ordoñez, diputado por San Agustín. 

Antonio José Cañas, diputado por Cojutepeque.

Leoncio Domínguez, diputado por San Miguel. 

Mariano Beltranena, diputado suplente por San Miguel.

Isidro Menéndez, diputado por Sonsonate. 

Felipe Vega, diputado por Sonsonate. 

Pedro Campo Arpa, diputado por Sonsonate. 

Juan Vicente Villacorta, diputado por San Vicente. 

Ciriaco Villacorta, diputado por San Vicente. 

Francisco Aguirre, diputado por Olancho. 

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